Defensa estratégica con visión de exjueza
Eres administrador. Apoderado. Socio gestor. Tutor. Albacea. Y de repente te dicen que lo que hiciste no fue una mala decisión empresarial: fue un delito del artículo 252 del Código Penal. La línea entre la gestión discutible y el delito es fina y se decide en sede penal.
Soy Cristina Marrero. Abogada penalista y ex-jueza. Ordeno situaciones que se cruzan para dar prioridad, foco y salida. Cuéntame tu caso.

20
AÑOS DE EXPERIENCIA
EX
JUEZA
+5000
CASOS RESUELTOS
100%
COMPROMISO
SOBRE MÍ
La administración desleal del artículo 252 del Código Penal castiga a quien, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno (emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico), las infringe excediéndose en su ejercicio causando un perjuicio al patrimonio administrado.
No se castiga el desacierto de gestión, ni la pérdida por riesgo de mercado. Se castiga el abuso del poder de administrar. Se imputa habitualmente a administradores societarios, apoderados, albaceas, tutores y gestores patrimoniales.
Si te imputan administración desleal, esto es lo que te juegas:
Prisión de 6 meses a 3 años en el tipo básico (art. 249 CP por remisión del 252).
Prisión de 1 a 6 años + multa de 6 a 12 meses si concurre algún agravante del art. 250 CP (perjuicio superior a 50.000€, abuso de relaciones personales).
Prisión de 4 a 8 años + multa de 12 a 24 meses si el perjuicio supera los 250.000€.
Inhabilitación especial para administrar sociedades, responsabilidad civil del perjuicio, responsabilidad penal de la persona jurídica del art. 31 bis CP.
En administración desleal la pericial económica es el campo de batalla. La defensa se construye desde el primer día con prueba pericial sólida, no en la víspera del juicio.

Qué movimientos legales te convienen, cuándo y por qué
ORDENO CONFLICTOS QUE SE CRUZAN PARA DAR PRIORIDAD, FOCO Y SALIDA.
Solución legal cuando todo parece que se complica.
Estrategia + pericial económica desde el día uno
Cada caso de administración desleal pasa por un proceso estructurado con pericial económica como eje. Estos son los movimientos que hacemos contigo:
Asesoría estratégica inicial: Escucho tu situación. Reviso querella, escritura de constitución, poderes, contratos sociales, actas de junta, peritajes previos. Diagnóstico real.
Análisis del mandato y de la prueba: Estudio el alcance exacto de tus facultades de administración, los límites del mandato, las ratificaciones posteriores y el flujo de operaciones cuestionadas. Identifico margen para la business judgment rule.
Diseño de estrategia procesal y pericial: Líneas de defensa: discutir las facultades, discutir el exceso, discutir el perjuicio efectivo, discutir el dolo, ratificación posterior, prescripción. Contrato pericial económica de parte.
Defensa en instrucción y juicio: Te acompaño en la declaración como investigado. Presento escritos, contradigo periciales, llamo testigos. Llevo el juicio oral en Juzgado de lo Penal o Audiencia Provincial de Barcelona.
Recurso y ejecución: Apelación, casación, solicitud de suspensión de la pena (art. 80 CP) y tramitación de inhabilitaciones específicas si proceden.

CASOS QUE LLEVAMOS
No todos los casos de administración desleal se litigan igual. La estrategia cambia según el perfil. Estos son los más habituales en los Juzgados de Instrucción de Barcelona:
Disposición del patrimonio social en beneficio propio o de terceros: operaciones vinculadas no autorizadas, retiradas sin causa, contratos con partes relacionadas.
Tienes poder para una operación o ámbito limitado y firmas más allá causando perjuicio al poderdante. Muy frecuente entre familiares.
No figuras en el Registro Mercantil pero llevas la gestión real. La doctrina del Tribunal Supremo extiende el 252 CP al administrador de hecho.
Gestión de patrimonios de menores, incapaces, herencias yacentes o personas con la capacidad modificada.
Operaciones no autorizadas, asignación de pérdidas a clientes y beneficios a casa propia, gestión fuera del mandato firmado.
Lo habitual: 252 + 290 CP (falsedad en cuentas) + 305 CP (fraude fiscal) + blanqueo. Defensa diseñada en conjunto.
CASOS REALES
Si buscas un buen abogado penalista, en Barcelona hay cientos. Pero si buscas a la profesional que sepa cómo piensa la persona que va a dictar tu sentencia, solo hay una opción lógica.
He ejercido como jueza durante años. Esta amplia experiencia me proporciona una ventaja táctica invaluable:
Sé lo que funciona: Conozco qué argumentos jurídicos convencen al magistrado y cuáles le resultan una pérdida de tiempo.
Traductora de Caos: Aplico «inteligencia legal». Analizo los expedientes policiales buscando fallos procesales (registros ilegales, detenciones sin lectura de derechos) para solicitar la nulidad de las pruebas.
Solucionadora de «Pollos»: Rara vez un delito es solo un delito. Un caso penal afecta a tu divorcio, a tus cuentas bancarias y a tus socios. Yo coordino todos los frentes para evitar daños colaterales.
Sesión personalizada para ayudarte a entender tu situación legal y trazar un plan de acción claro.
UBICACIÓN
Si necesitas asistencia penal inmediata (detención, citación policial, orden de alejamiento), estoy disponible 24/7 para ayudarte.
Contactar ahoraAquí es donde mi experiencia marca diferencia. Muchos despachos defienden bien una administración desleal aislada. Pocos saben qué hacer cuando tu caso viene mezclado con:
Una impugnación de acuerdos sociales en marcha.
Un juicio de responsabilidad social contra el administrador.
Un concurso de acreedores con piezas de calificación.
Una separación de socios o disputa en sociedad familiar.
Una inspección de Hacienda simultánea.
Estos no son casos de admin desleal. Son casos cruzados con derecho mercantil, concursal, fiscal o de familia. Eso es lo que llevo haciendo más de dos décadas. Controlo las áreas.
PREGUNTAS FRECUENTES
Tipo básico: 5 años desde el último acto de exceso. Tipo agravado del art. 250 y especialmente agravado (más de 250.000€): 10 años. Se interrumpe cuando el procedimiento se dirige formalmente contra ti.
La admin desleal del art. 252 CP requiere facultades previas y exceso en su ejercicio con perjuicio. La apropiación del art. 253 CP requiere recepción legítima por título que obliga a devolver y posterior incorporación al patrimonio propio.
No por sí sola. La jurisprudencia reconoce un margen de discrecionalidad empresarial (business judgment rule): actuar dentro de tus facultades, con información razonable, sin conflicto de interés y de buena fe no es típico aunque la decisión saliera mal.
Sí, salvo medida cautelar específica. La junta puede acordar el cese y la condena puede conllevar inhabilitación específica para administrar sociedades.
La reposición del perjuicio antes del juicio oral opera como atenuante de reparación del daño del art. 21.5 CP, bajando la pena un grado. En cuantías altas puede ser decisivo para evitar prisión efectiva.
Sí, conforme al art. 31 bis CP cuando el delito se comete en beneficio de la sociedad. Hay defensas específicas vinculadas a programas de compliance previos.
Si es primera condena y la pena no supera los 2 años, normalmente se suspende la ejecución (art. 80 CP). Por encima o con antecedentes activos, más difícil.
Asesoría estratégica inicial 200€ / 60 min. Tras esa sesión presupuesto cerrado de defensa según complejidad, periciales y frentes paralelos. La asesoría se descuenta si asumo la defensa.
Con , abogada y exjueza, para evaluar tu caso.
Agendar consulta